Versión del balotario
B-IIA, B-IIB, B-IIC
El Reglamento Nacional de Vehículos, señala que el parachoques delantero y posterior:
Opciones de respuesta
No debe exceder el ancho del vehículo
Fundamento indicado en el balotario: Artículo 14 del RNV señala que 7. Parachoques delantero sin filos angulares cortantes, ni que excedan el ancho del vehículo. 8. Parachoques posterior y/o dispositivo antiempotramiento sin filos angulares cortantes, ni que excedan el ancho del vehículo. Tratándose de dispositivo antiempotramiento se debe cumplir con los requisitos técnicos aprobados.