Versión del balotario
B-IIA, B-IIB, B-IIC
¿A qué distancia como mínimo debe ser audible el sonido de la bocina para los vehículos de categoría L?
Opciones de respuesta
50 metros
Fundamento indicado en el balotario: Artículo 13 del RNV: 8. Bocina de sonido uniforme y continuo, audible como mínimo a una distancia de 50 metros para la categoría L y de 100 metros para la categorías M y N, cuya intensidad esté dentro de los Límites Máximos Permisibles que se establezcan. Únicamente se permite la instalación de sirenas en ambulancias, vehículos de bomberos, vehículos de rescate, vehículos policiales y vehículos celulares.