Versión del balotario
B-IIA, B-IIB, B-IIC
Las sanciones pecuniarias impuestas por la comisión de infracciones de tránsito pueden ser inscritas en las Centrales Privadas de Información de Riesgos, en los siguientes casos:
Opciones de respuesta
a y b
Fundamento indicado en el balotario: Artículo 343 del Código de Tránsito.